El reciente precedente de observancia obligatoria emitido por la SUNAFIL marca un hito en la gestión de la seguridad y salud en el trabajo en el Perú: el deber de vigilancia de la salud ahora es interpretado de forma integral, abarcando tanto la dimensión física como la salud mental de los trabajadores.
Este pronunciamiento confirma que los empleadores deben implementar medidas preventivas y organizacionales específicas para proteger la salud mental, en especial en casos de:
- Reincorporación tras accidentes o licencias prolongadas.
- Cambios de puesto de trabajo.
- Exposición a eventos traumáticos o de alto riesgo.
La resolución establece que:
- La reincorporación laboral sin evaluaciones médicas ocupacionales actualizadas constituye infracción muy grave.
- El cambio de puesto de trabajo exige una evaluación médica obligatoria, considerando factores ergonómicos, cognitivos y psicosociales.
- La salud mental es parte inseparable de la SST y su protección es un derecho constitucional y reconocido en tratados internacionales.
¿Qué significa para las empresas?
- Protocolos robustos de reincorporación laboral
- Evaluaciones médicas y psicológicas previas.
- Validación documental por áreas de salud ocupacional y servicio social.
- Gestión de riesgos psicosociales documentada
- Diagnósticos con metodologías validadas (CENSOPAS-COPSOQ, ISTAS21, FPSICO).
- IPERC actualizado que incluya riesgos psicosociales.
- Prevención terciaria y planes de seguimiento
- Programas de acompañamiento post-incidente.
- Ajuste temporal de funciones y monitoreo periódico.
Claves del nuevo precedente
- Alta médica actualizada antes de la reincorporación.
- Evaluación médico-ocupacional obligatoria para cambio de puesto.
- Considerar factores psicosociales y ergonómicos en el IPERC.
- Seguimiento periódico de casos con restricciones médicas.
- Cumplimiento alineado con estándares internacionales (OIT, Protocolo de San Salvador).
El riesgo de no cumplir
Omitir estos pasos no solo vulnera derechos laborales, sino que constituye una infracción muy grave que puede derivar en sanciones económicas significativas y daños a la reputación empresarial.
Cómo puede ayudarte ASOPESMA
En ASOPESMA diseñamos e implementamos protocolos de vigilancia de la salud mental, reincorporación laboral segura y gestión de riesgos psicosociales que cumplen al 100% con la Ley N.° 29783, el D.S. N.° 005-2012-TR y el nuevo precedente de SUNAFIL.
Nuestros servicios incluyen:
- Evaluación de riesgos psicosociales con metodologías nacionales e internacionales.
- Programas de prevención terciaria y seguimiento bimestral.
- Asesoría legal y técnica para auditorías e inspecciones de SUNAFIL.
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