El certificado único laboral unificará y reemplazará para todo efecto a los actuales certificado único laboral para jóvenes (Certijoven) y certificado único laboral para personas adultas (Certiadulto).
Esto en aplicación de la Ley Nº 31760, que tiene por objetivo regular la implementación y el acceso al certificado único laboral, para facilitar la empleabilidad de las personas de 18 años a más en el mercado laboral formal.

Contenido

De acuerdo con la norma, se trata de un documento electrónico que contendrá información necesaria para facilitar la contratación laboral de las personas de 18 años a más, que se solicitará y obtendrá gratuitamente por intermedio del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

De tal modo, el certificado único laboral contendrá, además de la fecha de su emisión electrónica, los datos de identidad de la persona que solicite el documento, sus antecedentes policiales, penales y judiciales.

Asimismo, datos relativos a la formación académica, experiencia laboral y toda otra información que el MTPE considere relevante para la empleabilidad, teniendo en cuenta que a pedido de la persona podrá incluir la condición de discapacidad.

Para la emisión del certificado único laboral, este portafolio utilizará la información que ponen a disposición las entidades públicas, las cuales brindarán facilidades para su acceso gratuito y permanente en la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE), y en otras plataformas mediante las cuales se pueda obtener datos vinculados a la información que deberá contener el mencionado documento.

Trámite

El trámite del certificado único laboral requerirá la validación de identidad del solicitante mediante la plataforma habilitada por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) u otra plataforma alternativa de autenticación requerida por el MTPE.

El documento contará con la firma digital del funcionario autorizado para tal fin por el MTPE, así como con un código o mecanismo de verificación inserto en el certificado que permita validar su autenticidad.

Corresponderá al ministerio establecer el medio por el cual se validará la autenticidad del certificado único laboral.

Convenios

El MTPE estará facultado para suscribir convenios de colaboración interinstitucional con otras entidades públicas, para acceder y obtener la información necesaria que se deba integrar en el certificado único laboral, procurando salvaguardar su gratuidad. De ser necesario, incluso podrá celebrar convenios con instituciones privadas, siempre que con ello se logre el cumplimiento del objeto del certificado único laboral y no se vulneren las normas de protección de datos personales.

Fuente Elperuano

Por ASOPESMA

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